Case number | CAC-ADREU-002025 |
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Time of filing | 2006-07-10 12:59:26 |
Domain names | euronews.eu |
Case administrator
Name | Tereza Bartošková |
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Complainant
Organization / Name | Societe Operatrice de la Chaine Europeenne Multilingue d'Informations EURONEWS, Michael Peters |
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Respondent
Organization / Name | P. Pablo Garcia Bello |
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Indique la información sobre otros procedimientos jurídicos en trámite o resueltos de los que el Grupo de Expertos tiene conocimiento, relativos al nombre de dominio litigioso
Con fecha 18 de agosto de 2006, la entidad “Société Opératrice de la Chaîne Européenne Multilingue d’Informations EURONEWS” presentó ante el Tribunal de Gran Instancia de Paris un acta de emplazamiento a D. Pablo García Bello. Con fecha 2 de octubre de 2006, el Tribunal de Gran Instancia de Paris pronunció una decisión en la que entre otras cosas prohíbe al Demandado que utilice la denominación Euronews de cualquiera forma, en particular como nombre de dominio en Internet.
Antecedentes de hecho
Con fecha 23 de junio de 2006 se presentó por vía electrónica y el día 28 de junio de 2006 en papel con sus anexos una demanda al Centro de Reglamento de Resolución de Controversias en materia de Dominios .eu ante - la Corte de Arbitraje adjunta a la Cámara Económica de la República Checa y la Cámara de Agricultura de la República Checa (la “Corte de Arbitraje Checa”).
En cumplimiento de sus obligaciones bajo el Reglamento de Resolución de Controversias en materia de Dominios .eu (el "Reglamento de RAC"), con fecha 17 de julio de 2006, la Corte de Arbitraje Checa solicitó de EURid la provisión de información contenida en su base de datos relacionada con el nombre de dominio en disputa, así como la confirmación de otros datos contenidos en la solicitud. Por su parte, EURid contestó a dicha comunicación mediante correo electrónico de igual fecha, indicando, entre otras cosas, que el idioma del acuerdo de registro del nombre de dominio en disputa era el español.
El día 18 de julio de 2006 la Corte de Arbitraje Checa, una vez comprobado que la demanda cumplía con los requisitos formales del Reglamento de RAC y de su Reglamento Adicional de RAC, notificó formalmente la demanda al Sr. Pablo Bello García, informando al mismo tiempo la fecha de inicio del Procedimiento de RAC y el plazo de treinta días para que el Demandado enviase a la Corte de Arbitraje Checa su escrito de contestación a la Demanda. El Demandado en este procedimiento recibió la demanda con fecha de 18 de agosto de 2006.
El día 8 de septiembre de 2006 por vía electrónica y el 18 de septiembre de 2006 en papel con sus anexos, se recibe del Demandado la contestación a la demanda indicando entre otras cosas que un procedimiento judicial fue iniciado por el Demandante contra el Demandado ante el Tribunal de Gran Instancia de Paris, Francia. Con fecha 18 de septiembre de 2006, la Corte de Arbitraje Checa notifica la confirmación de la recepción de la contestación a la demanda.
Mediante notificación de fecha 19 de septiembre de 2006 la Corte de Arbitraje Checa designa a Felipe Lorenzo como experto único, habiendo recibido su declaración de aceptación y de imparcialidad e independencia. La Corte de Arbitraje Checa precisa en notificación de día 20 de septiembre de 2006 que la fecha de decisión es el 18 de octubre de 2006.
El día 21 de septiembre de 2006 la Corte de Arbitraje Checa recibe de parte del Demandante documentos adicionales a su demanda.
Con fecha de 29 de septiembre de 2006 la Corte de Arbitraje Checa recibe del Demandante una respuesta a la contestación de la Demanda del Demandado. El mismo día el Demandado contestó a la respuesta del Demandante.
Mediante correo electrónico de fecha de 4 de octubre de 2006 el Demandante presenta ante la Corte de Arbitraje Checa una copia de la decisión del Tribunal de Gran Instancia de Paris de fecha 2 de octubre de 2006 en el caso que opone al Demandante con el Demandado.
Con fecha de 5 de octubre de 2006 el Demandado contesta y comenta esa decisión.
Finalmente, con fecha de 17 de octubre de 2006 la Corte de Arbitraje Checa recibe del Demandante la totalidad de la decisión del Tribunal de Gran Instancia de Paris de fecha 2 de octubre de 2006. El mismo día el Demandado comento los elementos presentados por el Demandante.
En cumplimiento de sus obligaciones bajo el Reglamento de Resolución de Controversias en materia de Dominios .eu (el "Reglamento de RAC"), con fecha 17 de julio de 2006, la Corte de Arbitraje Checa solicitó de EURid la provisión de información contenida en su base de datos relacionada con el nombre de dominio en disputa, así como la confirmación de otros datos contenidos en la solicitud. Por su parte, EURid contestó a dicha comunicación mediante correo electrónico de igual fecha, indicando, entre otras cosas, que el idioma del acuerdo de registro del nombre de dominio en disputa era el español.
El día 18 de julio de 2006 la Corte de Arbitraje Checa, una vez comprobado que la demanda cumplía con los requisitos formales del Reglamento de RAC y de su Reglamento Adicional de RAC, notificó formalmente la demanda al Sr. Pablo Bello García, informando al mismo tiempo la fecha de inicio del Procedimiento de RAC y el plazo de treinta días para que el Demandado enviase a la Corte de Arbitraje Checa su escrito de contestación a la Demanda. El Demandado en este procedimiento recibió la demanda con fecha de 18 de agosto de 2006.
El día 8 de septiembre de 2006 por vía electrónica y el 18 de septiembre de 2006 en papel con sus anexos, se recibe del Demandado la contestación a la demanda indicando entre otras cosas que un procedimiento judicial fue iniciado por el Demandante contra el Demandado ante el Tribunal de Gran Instancia de Paris, Francia. Con fecha 18 de septiembre de 2006, la Corte de Arbitraje Checa notifica la confirmación de la recepción de la contestación a la demanda.
Mediante notificación de fecha 19 de septiembre de 2006 la Corte de Arbitraje Checa designa a Felipe Lorenzo como experto único, habiendo recibido su declaración de aceptación y de imparcialidad e independencia. La Corte de Arbitraje Checa precisa en notificación de día 20 de septiembre de 2006 que la fecha de decisión es el 18 de octubre de 2006.
El día 21 de septiembre de 2006 la Corte de Arbitraje Checa recibe de parte del Demandante documentos adicionales a su demanda.
Con fecha de 29 de septiembre de 2006 la Corte de Arbitraje Checa recibe del Demandante una respuesta a la contestación de la Demanda del Demandado. El mismo día el Demandado contestó a la respuesta del Demandante.
Mediante correo electrónico de fecha de 4 de octubre de 2006 el Demandante presenta ante la Corte de Arbitraje Checa una copia de la decisión del Tribunal de Gran Instancia de Paris de fecha 2 de octubre de 2006 en el caso que opone al Demandante con el Demandado.
Con fecha de 5 de octubre de 2006 el Demandado contesta y comenta esa decisión.
Finalmente, con fecha de 17 de octubre de 2006 la Corte de Arbitraje Checa recibe del Demandante la totalidad de la decisión del Tribunal de Gran Instancia de Paris de fecha 2 de octubre de 2006. El mismo día el Demandado comento los elementos presentados por el Demandante.
A. Demandante
El Demandante expone que la sociedad francesa “Société Opératrice de la Chaîne Européenne Multilingue d’Informations EURONEWS” tiene como actividad la difusión de información por medio de la cadena televisiva Euronews, y por Internet, en particular en la página Web www.euronews.net.
Que dicha sociedad es titular de varias marcas francesas e internacionales que contienen la marca EURONEWS.
Que dicha sociedad ha presentado una solicitud de reserva del nombre de dominio <euronews.eu> durante el período Sunrise, reivindicado su marca francesa EURONEWS N° 013077279, pero que esta solicitud de reserva en período Sunrise ha sido rechazada por el Agente de Validación, basado en que el Demandante del nombre del dominio era EURONEWS, mientras que el titular de la marca es “Société Opératrice de la Chaîne Européenne Multilingue d’Informations EURONEWS”.
Que dicha sociedad decidió, por lo tanto, esperar a la liberación del nombre de dominio <euronews.eu> previsto para el 13 de junio de 2006 para reservarlo inmediatamente, pero que antes que el nombre de dominio fuere registrado por el Demandante, éste fue registrado por un tercero, D. Pablo García Bello.
Que este registro es abusivo, y viola los derechos de propiedad intelectual del Demandante.
Que el nombre de dominio <euronews.eu> es totalmente idéntico a la marca francesa EURONEWS N° 013077279.
Que el Demandado no tiene ningún derecho o interés legítimo en registrar el nombre de dominio <euronews.eu>.
Que el Demandante se ha puesto en contacto con el Demandado por correo electrónico, en un principio de manera anónima y luego revelando su identidad, con el fin de obtener la compra a un precio razonable.
Que el Demandado ha afirmado que sólo tomaría en cuenta las ofertas serias, es decir, ofertas que ofreciesen un precio de compra muy importante.
Que el Demandado ha confesado entonces, como lo certifica el intercambio de correos electrónicos adjuntos en el Anexo 8 de la Demanda, que el término EURONEWS tenía un fuerte valor y presentaba muchas ventajas financieras, ya que la sociedad Euronews era una gran cadena de televisión, que gozaba de una determinada publicidad.
Que se le ha propuesto al Demandado 1.000 euros por la compra de <euronews.eu>, a lo que el Demandado ha respondido sencillamente que esa oferta era ridícula y que no estaba dispuesto a vender <euronews.eu> por ese precio.
Que el Demandado ha redireccionado la página web de Internet www.euronews.eu hacia una página que ofrece un acceso a la página Web de Internet de la Demandante www.euronews.net, sin haber obtenido previamente su autorización para hacerlo, creyendo por este medio evitar su mala fe.
Que el Demandado no podía ignorar que el nombre de dominio <euronews.eu> correspondía a la vez a la razón social de la Demandante, a su nombre comercial, al nombre de la cadena de televisión bajo la cual ejerce su actividad, así como a la marca del Demandante.
Que el Demandado sabía que EURONEWS era el nombre de la cadena de la televisión ya que él mismo ha declarado que EURONEWS era una gran empresa, propietaria de una cadena de televisión y que gozaba de una gran publicidad.
Que está claramente establecido que el Demandado ha registrado el nombre de dominio en litigio con el único objetivo de venderlo y enriquecerse.
Que con fecha de 21 de septiembre de 2006 el Demandante añade a su demanda una información judicial de la APP (Agencia de protección de programas, domiciliada en París), establecida por agente judicial, comprobando el redireccionamiento del nombre de dominio <euronews.eu>, y también los enlaces y páginas Web colocados por el Demandado.
Que con fecha de 29 de septiembre de 2006, el Demandante contesta a la respuesta del Demandado a la demanda, indicando que contrariamente a las afirmaciones del Demandado, el nombre de dominio <euronews.eu> no se utiliza legalmente y conlleva un grave perjuicio para la reputación del nombre EURONEWS, ya que el Demandado desvía la clientela de la “Société Opératrice de la Chaîne Multilingue d’Information EURONEWS” a su sitio y utiliza la misma carta gráfica y los mismos colores.
Que se constata la mala fe del Demandado en los intercambios de correo electrónicos relativos a la venta del nombre de dominio entre los cuales con fecha 15 de junio de 2006, a las 13:38 horas, afirma que «únicamente deseo ofertas elevadas, EURONEWS es una gran empresa con publicidad, una cadena de televisión, numerosos visitantes… y euronews.eu se beneficia de ello».
Que el nombre EURONEWS es una marca perfectamente protegida y característica, y registrada como marca sin ningún logotipo. Que este nombre no puede dejarse a la libre disposición de un tercero sin que ello atente a los derechos de las marcas de la “Société Opératrice de la Chaîne Multilingue d’Information EURONEWS”.
Que el Demandante no ha utilizado los datos personales del Demandado para perjudicarle ni para cederle publicidad o pedidos comerciales.
Que el Demandante ha respetado las Normas de resolución de los conflictos ADR ya que el Demandante sólo ha iniciado los procedimientos judiciales ante los tribunales franceses con posterioridad a la querella ADR y, por consiguiente, en la querella ADR no podían mencionarse dichas acciones.
Que con fecha de 4 de octubre de 2006 y 17 de octubre de 2006 el Demandante notifica a la Corte de Arbitraje Checa una copia de la decisión del Tribunal de Gran Instancia de Paris de fecha 2 de octubre de 2006 en la que entre otras cosas prohíbe al Demandado que utilice la denominación Euronews de cualquiera forma, en particular como nombre de dominio en Internet.
Que dicha sociedad es titular de varias marcas francesas e internacionales que contienen la marca EURONEWS.
Que dicha sociedad ha presentado una solicitud de reserva del nombre de dominio <euronews.eu> durante el período Sunrise, reivindicado su marca francesa EURONEWS N° 013077279, pero que esta solicitud de reserva en período Sunrise ha sido rechazada por el Agente de Validación, basado en que el Demandante del nombre del dominio era EURONEWS, mientras que el titular de la marca es “Société Opératrice de la Chaîne Européenne Multilingue d’Informations EURONEWS”.
Que dicha sociedad decidió, por lo tanto, esperar a la liberación del nombre de dominio <euronews.eu> previsto para el 13 de junio de 2006 para reservarlo inmediatamente, pero que antes que el nombre de dominio fuere registrado por el Demandante, éste fue registrado por un tercero, D. Pablo García Bello.
Que este registro es abusivo, y viola los derechos de propiedad intelectual del Demandante.
Que el nombre de dominio <euronews.eu> es totalmente idéntico a la marca francesa EURONEWS N° 013077279.
Que el Demandado no tiene ningún derecho o interés legítimo en registrar el nombre de dominio <euronews.eu>.
Que el Demandante se ha puesto en contacto con el Demandado por correo electrónico, en un principio de manera anónima y luego revelando su identidad, con el fin de obtener la compra a un precio razonable.
Que el Demandado ha afirmado que sólo tomaría en cuenta las ofertas serias, es decir, ofertas que ofreciesen un precio de compra muy importante.
Que el Demandado ha confesado entonces, como lo certifica el intercambio de correos electrónicos adjuntos en el Anexo 8 de la Demanda, que el término EURONEWS tenía un fuerte valor y presentaba muchas ventajas financieras, ya que la sociedad Euronews era una gran cadena de televisión, que gozaba de una determinada publicidad.
Que se le ha propuesto al Demandado 1.000 euros por la compra de <euronews.eu>, a lo que el Demandado ha respondido sencillamente que esa oferta era ridícula y que no estaba dispuesto a vender <euronews.eu> por ese precio.
Que el Demandado ha redireccionado la página web de Internet www.euronews.eu hacia una página que ofrece un acceso a la página Web de Internet de la Demandante www.euronews.net, sin haber obtenido previamente su autorización para hacerlo, creyendo por este medio evitar su mala fe.
Que el Demandado no podía ignorar que el nombre de dominio <euronews.eu> correspondía a la vez a la razón social de la Demandante, a su nombre comercial, al nombre de la cadena de televisión bajo la cual ejerce su actividad, así como a la marca del Demandante.
Que el Demandado sabía que EURONEWS era el nombre de la cadena de la televisión ya que él mismo ha declarado que EURONEWS era una gran empresa, propietaria de una cadena de televisión y que gozaba de una gran publicidad.
Que está claramente establecido que el Demandado ha registrado el nombre de dominio en litigio con el único objetivo de venderlo y enriquecerse.
Que con fecha de 21 de septiembre de 2006 el Demandante añade a su demanda una información judicial de la APP (Agencia de protección de programas, domiciliada en París), establecida por agente judicial, comprobando el redireccionamiento del nombre de dominio <euronews.eu>, y también los enlaces y páginas Web colocados por el Demandado.
Que con fecha de 29 de septiembre de 2006, el Demandante contesta a la respuesta del Demandado a la demanda, indicando que contrariamente a las afirmaciones del Demandado, el nombre de dominio <euronews.eu> no se utiliza legalmente y conlleva un grave perjuicio para la reputación del nombre EURONEWS, ya que el Demandado desvía la clientela de la “Société Opératrice de la Chaîne Multilingue d’Information EURONEWS” a su sitio y utiliza la misma carta gráfica y los mismos colores.
Que se constata la mala fe del Demandado en los intercambios de correo electrónicos relativos a la venta del nombre de dominio entre los cuales con fecha 15 de junio de 2006, a las 13:38 horas, afirma que «únicamente deseo ofertas elevadas, EURONEWS es una gran empresa con publicidad, una cadena de televisión, numerosos visitantes… y euronews.eu se beneficia de ello».
Que el nombre EURONEWS es una marca perfectamente protegida y característica, y registrada como marca sin ningún logotipo. Que este nombre no puede dejarse a la libre disposición de un tercero sin que ello atente a los derechos de las marcas de la “Société Opératrice de la Chaîne Multilingue d’Information EURONEWS”.
Que el Demandante no ha utilizado los datos personales del Demandado para perjudicarle ni para cederle publicidad o pedidos comerciales.
Que el Demandante ha respetado las Normas de resolución de los conflictos ADR ya que el Demandante sólo ha iniciado los procedimientos judiciales ante los tribunales franceses con posterioridad a la querella ADR y, por consiguiente, en la querella ADR no podían mencionarse dichas acciones.
Que con fecha de 4 de octubre de 2006 y 17 de octubre de 2006 el Demandante notifica a la Corte de Arbitraje Checa una copia de la decisión del Tribunal de Gran Instancia de Paris de fecha 2 de octubre de 2006 en la que entre otras cosas prohíbe al Demandado que utilice la denominación Euronews de cualquiera forma, en particular como nombre de dominio en Internet.
B. Demandado
El Demandado expone que hizo uso de su derecho para el registro del dominio <euronews.eu> durante el proceso de LandRush de manera legítima.
Que finalizado el periodo de Sunrise, el Demandante había perdido todo derecho de preferencia, ya que su interés debería haber estado en conseguir el registro durante ese periodo.
Que el Demandado es titular (“dueño de pleno derecho”) del dominio <euronews.eu>.
Que según los Términos y Condiciones de registro de nombres de dominio .eu «AL PRIMERO QUE LLEGA ES AL PRIMERO QUE SE ATIENDE».
Que el Demandado ha demostrado que tiene una página Web dedicada a las noticias y periódicos europeos, entre los que incluye un enlace a www.euronews.net, lo cual demuestra que no tiene ningún intención de perjudicar a dicha empresa.
Que dicha página Web se realizó con amplia anterioridad a la notificación del procedimiento alternativo de controversias.
Que está haciendo un uso legítimo, no comercial ni de mala fe, sin intención alguna de engañar a los usuarios o dañar la reputación de un nombre sobre el que haya sido reconocido o establecido un derecho por la legislación nacional y/o comunitaria.
Que en ningún caso el nombre de dominio <euronews.eu> ha sido registrado con intención especulativa, si no para desarrollar una página Web de noticias europeas (EUROpean NEWS).
Que el Demandado ha registrado simplemente unas palabras genéricas.
Que éstas mismas palabras genéricas (Euro News) están siendo utilizadas en otros dominios que no son propiedad de la "Société Opératrice de la Chaîne Européenne Multilingue d'Informations EURONEWS".
Que el Demandado es estudiante de telemática, y que tiene interés en desarrollar una página Web de noticias e información europea.
Que el nombre de dominio en disputa no está en venta, pero que todo tiene un precio, y que el Demandado escuchó a los representantes del Demandante y contestó “por si su interés fuera como para pagar una cantidad suficiente para compensar el perder la posibilidad de realizar bajo ese dominio mi web”.
Que se ha producido una posible ilegalidad por parte de "Société Opératrice de la Chaîne Européenne Multilingue d'Informations EURONEWS", en referencia con los puntos 2.4.ii de la “Política de la base de datos WHOIS para nombres de dominios .eu”, y 3.1.ii de “Términos y Condiciones de registro de nombres de dominio .eu”, donde se establece que cuando el Solicitante de registro sea una persona física, la información de contacto publicada estará limitada a la dirección de correo electrónico.
Que, aunque en la demanda presentada por el Demandante no se hace mención, el Demandante ha comenzado un proceso judicial paralelo contra el Demandado ante los tribunales franceses y que con ello se incumple el Párrafo B(1)(13) del Reglamento de RAC.. Que el Demandante podía haber añadido la información de un procedimiento judicial en Francia a través de estas “comunicaciones no estándar”.
Con fecha 29 de septiembre de 2006 el Demandado añade que el uso del dominio <euronews.eu> no conlleva ningún perjuicio a la reputación del Demandante, primeramente porque la página Web en cuestión es de carácter informativo y formal.
Que el Demandado no desvía la clientela de “Societé Opératice de la Chaine Multilingue d’Information EURONEWS”.
Que el Demandado no tenía interés en vender el nombre de dominio, y por ello mismo, nunca ha puesto el dominio a la venta. Que el acceder a mantener contacto vía email, fue debido “exclusivamente a la cordialidad y acto de comprensión” para comprobar así el verdadero interés de la compañía.
Que desconoce cual es la razón del ataque que esta recibiendo.
Que el Demandado ha sido informado por su proveedor de dominios NeoDigit, de que ellos también habrían sido contactados por parte la “Societé Opératice de la Chaîne Multilingue d’Information EURONEWS” para que bloquearan el dominio y no se pudiese hacer uso del mismo.
Que con fecha de 5 de octubre de 2006 y 17 de octubre de 2006 el Demandado comenta la decisión del 2 de octubre de 2006 del Tribunal de Gran Instancia de Paris sobre la disputa que opone al Demandante con el Demandado. Que el Demandado no ha recibido esa decisión.
Que para que el juicio pudiese celebrarse se debía entregar la demanda antes del 25 de agosto de 2006, y que dicha carta fue entregada el 31de agosto de 2006.
Que según el Demandado debido a su condición de estudiante, ha pedido un abogado de oficio, y por lo tanto, desde el Juzgado de Badajoz (España), los primeros días de septiembre se envió una suspensión del proceso judicial.
Que finalizado el periodo de Sunrise, el Demandante había perdido todo derecho de preferencia, ya que su interés debería haber estado en conseguir el registro durante ese periodo.
Que el Demandado es titular (“dueño de pleno derecho”) del dominio <euronews.eu>.
Que según los Términos y Condiciones de registro de nombres de dominio .eu «AL PRIMERO QUE LLEGA ES AL PRIMERO QUE SE ATIENDE».
Que el Demandado ha demostrado que tiene una página Web dedicada a las noticias y periódicos europeos, entre los que incluye un enlace a www.euronews.net, lo cual demuestra que no tiene ningún intención de perjudicar a dicha empresa.
Que dicha página Web se realizó con amplia anterioridad a la notificación del procedimiento alternativo de controversias.
Que está haciendo un uso legítimo, no comercial ni de mala fe, sin intención alguna de engañar a los usuarios o dañar la reputación de un nombre sobre el que haya sido reconocido o establecido un derecho por la legislación nacional y/o comunitaria.
Que en ningún caso el nombre de dominio <euronews.eu> ha sido registrado con intención especulativa, si no para desarrollar una página Web de noticias europeas (EUROpean NEWS).
Que el Demandado ha registrado simplemente unas palabras genéricas.
Que éstas mismas palabras genéricas (Euro News) están siendo utilizadas en otros dominios que no son propiedad de la "Société Opératrice de la Chaîne Européenne Multilingue d'Informations EURONEWS".
Que el Demandado es estudiante de telemática, y que tiene interés en desarrollar una página Web de noticias e información europea.
Que el nombre de dominio en disputa no está en venta, pero que todo tiene un precio, y que el Demandado escuchó a los representantes del Demandante y contestó “por si su interés fuera como para pagar una cantidad suficiente para compensar el perder la posibilidad de realizar bajo ese dominio mi web”.
Que se ha producido una posible ilegalidad por parte de "Société Opératrice de la Chaîne Européenne Multilingue d'Informations EURONEWS", en referencia con los puntos 2.4.ii de la “Política de la base de datos WHOIS para nombres de dominios .eu”, y 3.1.ii de “Términos y Condiciones de registro de nombres de dominio .eu”, donde se establece que cuando el Solicitante de registro sea una persona física, la información de contacto publicada estará limitada a la dirección de correo electrónico.
Que, aunque en la demanda presentada por el Demandante no se hace mención, el Demandante ha comenzado un proceso judicial paralelo contra el Demandado ante los tribunales franceses y que con ello se incumple el Párrafo B(1)(13) del Reglamento de RAC.. Que el Demandante podía haber añadido la información de un procedimiento judicial en Francia a través de estas “comunicaciones no estándar”.
Con fecha 29 de septiembre de 2006 el Demandado añade que el uso del dominio <euronews.eu> no conlleva ningún perjuicio a la reputación del Demandante, primeramente porque la página Web en cuestión es de carácter informativo y formal.
Que el Demandado no desvía la clientela de “Societé Opératice de la Chaine Multilingue d’Information EURONEWS”.
Que el Demandado no tenía interés en vender el nombre de dominio, y por ello mismo, nunca ha puesto el dominio a la venta. Que el acceder a mantener contacto vía email, fue debido “exclusivamente a la cordialidad y acto de comprensión” para comprobar así el verdadero interés de la compañía.
Que desconoce cual es la razón del ataque que esta recibiendo.
Que el Demandado ha sido informado por su proveedor de dominios NeoDigit, de que ellos también habrían sido contactados por parte la “Societé Opératice de la Chaîne Multilingue d’Information EURONEWS” para que bloquearan el dominio y no se pudiese hacer uso del mismo.
Que con fecha de 5 de octubre de 2006 y 17 de octubre de 2006 el Demandado comenta la decisión del 2 de octubre de 2006 del Tribunal de Gran Instancia de Paris sobre la disputa que opone al Demandante con el Demandado. Que el Demandado no ha recibido esa decisión.
Que para que el juicio pudiese celebrarse se debía entregar la demanda antes del 25 de agosto de 2006, y que dicha carta fue entregada el 31de agosto de 2006.
Que según el Demandado debido a su condición de estudiante, ha pedido un abogado de oficio, y por lo tanto, desde el Juzgado de Badajoz (España), los primeros días de septiembre se envió una suspensión del proceso judicial.
Discusión y conclusiones
Conforme al Párrafo B.11(a) del Reglamento de RAC el Grupo de Expertos resolverá la demanda en base a las declaraciones y los documentos presentados y en conformidad con el presente Reglamento del Procedimiento.
El Grupo de Expertos procederá al examen de los presupuestos de admisibilidad de la demanda indicados en el Párrafo B.11(d)(1) del Reglamento de RAC. Estos son:
1. que el nombre de dominio registrado por el Demandado coincida o sea confundible con otro nombre sobre el que haya sido reconocido o establecido un derecho o derechos en virtud de la legislación nacional de un Estado Miembro de la Unión europea y/o de la legislación Comunitaria; y, o bien
2. que el nombre de dominio haya sido registrado por el Demandado careciendo de derechos o intereses legítimos sobre el nombre de dominio; o bien
3. que el nombre de dominio haya sido registrado y está siendo usado de mala fe por el Demandado.
1. Identidad o semejanza entre nombre de dominio y marca
Es indiscutible la plena identidad existente entre el dominio controvertido <euronews.eu> y el gran número de marcas denominativas y figurativas titularidad de la Demandante ("EURONEWS"), no siendo necesario considerar para estos efectos el sufijo ".eu".
Así pues, el Grupo de Expertos considera que se cumple el requisito exigido por el Párrafo B.11(d)(1)(i) del Reglamento de RAC.
2. Posible existencia de derechos o intereses legítimos a favor del Demandado
Frente a las alegaciones del Demandante acerca de la inexistencia de derechos o intereses legítimos del Demandado sobre el nombre de dominio en disputa, el Demandado basa su defensa en haber sido el primero en registrar el nombre de dominio <euronews.eu> durante el periodo LandRush y en haber registrado y estar utilizando el nombre de dominio de buena fe.
El Grupo de Expertos ha podido comparar y valorar los argumentos de las partes en relación a la existencia de algún tipo de derecho o interés legítimo parte del Demandado sobre el nombre de dominio controvertido.
El Grupo de Expertos considera que el Demandante ha probado que el Demandado carece de derechos o intereses legítimos sobre el nombre de dominio ya que:
- el Demandado reconoció conocer antes de proceder al registro del nombre de dominio la notoriedad del nombre EURONEWS, registrado como marca por el Demandante en Francia y en varios países.
- el Demandado indicó en su correo electrónico de fecha de 15 de junio de 2006 en su correspondencia con el representante del Demandante que “Euronews es una gran empresa con publicidad, canal de televisión, muchas visitas.... y euronews.eu se beneficia de todo eso”.
- el Demandado reconoció querer desarrollar una página Web con información de noticias y de periódicos europeos, actividades idénticas o sumamente similares a las desarrolladas por el Demandante.
- en esas circunstancias, el Demandado, sin tener una autorización previa del titular de la marca EURONEWS, no está en condiciones de ofrecer, de buena fe, bienes o servicios, cuando utiliza el nombre de dominio controvertido por constituir esta una violación de los derechos marcarios del Demandante.
- de la misma manera, el Demandado no está haciendo un uso legítimo del nombre de dominio controvertido cuando esta utilizando un nombre de dominio correspondiente a una marca protegida por la legislación nacional y comunitaria, marca que además era conocida por el Demandado.
- que finalmente, contrariamente a lo que menciona el Demandado en este procedimiento, no dispone de un derecho prioritario sobre el nombre de dominio en disputa simplemente por haber sido el primero en haberlo registrado durante el periodo LandRush.
Así pues, el Grupo de Expertos considera que se cumple el requisito exigido por el Párrafo B.11(d)(1)(ii) del Reglamento de RAC.
3. Posible existencia de mala fe en el registro y uso del dominio controvertido
En lo que se refiere al análisis de este último requisito, el Grupo de Expertos considera que, de acuerdo a la misma argumentación desarrollada en el párrafo anterior, el Demandado registró y utiliza el nombre de dominio <euronews.eu> de mala fe por haber conocido de la existencia anterior de la notoriedad de la marca EURONEWS, por querer beneficiarse de la notoriedad de esa marca y por haber registrado también el nombre de dominio en cuestión para venderlo.
El Demandado indicó claramente en su correo electrónico del 15 de junio de 2006 al representante del Demandante “Euronews es una gran empresa con publicidad, canal de televisión, muchas visitas...y euronews.eu se beneficia de todo eso.” El Grupo de Expertos ha podido verificar que la notoriedad de la marca EURONEWS resulta indiscutible por cuanto esta ya existía con mucha antelación al momento en el cual el Demandado obtuvo el registro del dominio controvertido. Conforme al Párrafo B.11(f)(4) del Reglamento de RAC en esas circunstancias no cabe duda que el nombre de dominio controvertido fue utilizado intencionalmente para atraer a usuarios de Internet.
Por otra parte, en varias ocasiones durante los intercambios entre el Demandando y el representante del Demandante, el Demandado mencionó que estaría interesado en vender el nombre de dominio a un precio interesante. El Demandado mencionó en el correo de fecha 15 de junio de 2006: “Yo no vendo este dominio por 1000 euros, es una oferta ridícula. Hay gente con mejores ofertas.”
El Grupo de Expertos considera, por consiguiente, que se cumple el tercer requisito establecido por el Párrafo B.11(d)(1)(iii) del Reglamento de RAC.
El Grupo de Expertos procederá al examen de los presupuestos de admisibilidad de la demanda indicados en el Párrafo B.11(d)(1) del Reglamento de RAC. Estos son:
1. que el nombre de dominio registrado por el Demandado coincida o sea confundible con otro nombre sobre el que haya sido reconocido o establecido un derecho o derechos en virtud de la legislación nacional de un Estado Miembro de la Unión europea y/o de la legislación Comunitaria; y, o bien
2. que el nombre de dominio haya sido registrado por el Demandado careciendo de derechos o intereses legítimos sobre el nombre de dominio; o bien
3. que el nombre de dominio haya sido registrado y está siendo usado de mala fe por el Demandado.
1. Identidad o semejanza entre nombre de dominio y marca
Es indiscutible la plena identidad existente entre el dominio controvertido <euronews.eu> y el gran número de marcas denominativas y figurativas titularidad de la Demandante ("EURONEWS"), no siendo necesario considerar para estos efectos el sufijo ".eu".
Así pues, el Grupo de Expertos considera que se cumple el requisito exigido por el Párrafo B.11(d)(1)(i) del Reglamento de RAC.
2. Posible existencia de derechos o intereses legítimos a favor del Demandado
Frente a las alegaciones del Demandante acerca de la inexistencia de derechos o intereses legítimos del Demandado sobre el nombre de dominio en disputa, el Demandado basa su defensa en haber sido el primero en registrar el nombre de dominio <euronews.eu> durante el periodo LandRush y en haber registrado y estar utilizando el nombre de dominio de buena fe.
El Grupo de Expertos ha podido comparar y valorar los argumentos de las partes en relación a la existencia de algún tipo de derecho o interés legítimo parte del Demandado sobre el nombre de dominio controvertido.
El Grupo de Expertos considera que el Demandante ha probado que el Demandado carece de derechos o intereses legítimos sobre el nombre de dominio ya que:
- el Demandado reconoció conocer antes de proceder al registro del nombre de dominio la notoriedad del nombre EURONEWS, registrado como marca por el Demandante en Francia y en varios países.
- el Demandado indicó en su correo electrónico de fecha de 15 de junio de 2006 en su correspondencia con el representante del Demandante que “Euronews es una gran empresa con publicidad, canal de televisión, muchas visitas.... y euronews.eu se beneficia de todo eso”.
- el Demandado reconoció querer desarrollar una página Web con información de noticias y de periódicos europeos, actividades idénticas o sumamente similares a las desarrolladas por el Demandante.
- en esas circunstancias, el Demandado, sin tener una autorización previa del titular de la marca EURONEWS, no está en condiciones de ofrecer, de buena fe, bienes o servicios, cuando utiliza el nombre de dominio controvertido por constituir esta una violación de los derechos marcarios del Demandante.
- de la misma manera, el Demandado no está haciendo un uso legítimo del nombre de dominio controvertido cuando esta utilizando un nombre de dominio correspondiente a una marca protegida por la legislación nacional y comunitaria, marca que además era conocida por el Demandado.
- que finalmente, contrariamente a lo que menciona el Demandado en este procedimiento, no dispone de un derecho prioritario sobre el nombre de dominio en disputa simplemente por haber sido el primero en haberlo registrado durante el periodo LandRush.
Así pues, el Grupo de Expertos considera que se cumple el requisito exigido por el Párrafo B.11(d)(1)(ii) del Reglamento de RAC.
3. Posible existencia de mala fe en el registro y uso del dominio controvertido
En lo que se refiere al análisis de este último requisito, el Grupo de Expertos considera que, de acuerdo a la misma argumentación desarrollada en el párrafo anterior, el Demandado registró y utiliza el nombre de dominio <euronews.eu> de mala fe por haber conocido de la existencia anterior de la notoriedad de la marca EURONEWS, por querer beneficiarse de la notoriedad de esa marca y por haber registrado también el nombre de dominio en cuestión para venderlo.
El Demandado indicó claramente en su correo electrónico del 15 de junio de 2006 al representante del Demandante “Euronews es una gran empresa con publicidad, canal de televisión, muchas visitas...y euronews.eu se beneficia de todo eso.” El Grupo de Expertos ha podido verificar que la notoriedad de la marca EURONEWS resulta indiscutible por cuanto esta ya existía con mucha antelación al momento en el cual el Demandado obtuvo el registro del dominio controvertido. Conforme al Párrafo B.11(f)(4) del Reglamento de RAC en esas circunstancias no cabe duda que el nombre de dominio controvertido fue utilizado intencionalmente para atraer a usuarios de Internet.
Por otra parte, en varias ocasiones durante los intercambios entre el Demandando y el representante del Demandante, el Demandado mencionó que estaría interesado en vender el nombre de dominio a un precio interesante. El Demandado mencionó en el correo de fecha 15 de junio de 2006: “Yo no vendo este dominio por 1000 euros, es una oferta ridícula. Hay gente con mejores ofertas.”
El Grupo de Expertos considera, por consiguiente, que se cumple el tercer requisito establecido por el Párrafo B.11(d)(1)(iii) del Reglamento de RAC.
Decisión
Por todos los motivos antes mencionados, de conformidad con los Párrafos B.12(b) y (c) del Reglamento de RAC, el Grupo de Expertos ordena que el nombre de dominio <euronews.eu> sea transferido al Demandante.
PANELISTS
Name | Felipe Lorenzo |
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Fecha de la Decisión del Grupo de Expertos
2006-10-17